"La propiedad de una fortuna no es un derecho absoluto, esto hay que dejarlo en claro. No es absoluto es relativo y esto quiere decir que puede ser regulado. Y de ninguna manera puede ser considerado por encima de otro derecho". Así lo explicó el doctor Miguel Julio Rodríguez Villafañe, abogado constitucionalista, al referirse sobre el proyecto ley de “Aporte Solidario y Extraordinario para Grandes Fortunas”. Que cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación y que espera la aprobación en el Senado. En este sentido aclaró que:
"La ley puede subordinar el uso y el gozo de ese derecho al bien social", y por ende el Estado puede cobrar este impuesto extraordinario "a efecto de planes sanitarios y productivos atentos a los efectos de la pandemia", lo cual no es inconstitucional expresó.
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